Ello, dando cumplimiento a lo establecido en el ArtÃculo 99 de la Constitución Provincial, la Ley IV-N°23 y al Reglamento de Cámara.
Asimismo, en la ocasión se procederá a la designación de los miembros de la Comisión Legislativa Permanente y se fijará dÃa y hora de las sesiones ordinarias correspondientes al XLV PerÃodo Legislativo.
Cabe señalar que el párrafo tercero del artÃculo 1 de la Ley IV-N°23 (Antes Ley 2746) indica que en los años que no correspondiere la renovación bienal de los miembros del cuerpo, se faculta a la Presidencia a convocar sesión especial un dÃa hábil comprendido entre el 5 y el 15 de diciembre.